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Actualidad

 

Ley Antifraude :
Julio de 2025

Software de Doble Uso

En el marco de la Ley Antifraude, los software de doble uso, definidos como aquellos que permiten llevar una contabilidad paralela o contabilidad B, tienen los días contados. Es uno de los principales objetivos de la norma para luchar contra el fraude fiscal dentro del colectivo de empresas y autónomos.

Además, anteriormente se publicó en BOE el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, se establecen las fechas y su entrada en vigor.

La Disposición final tercera del mencionado Real Decreto establece que a este Real Decreto le seguirá la Orden Ministerial de Hacienda para el desarrollo técnico, a partir de la cual los desarrolladores de programas informáticos deberán someterse a sus disposiciones en un plazo máximo de 9 meses. La citada Orden Ministerial se encuentra en tramitación y en ella se detallan técnicamente los aspectos recogidos en el Reglamento que fueran necesarios.

Esto supone que no todos los programas o Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) son válidos y legales para que una empresa emita sus facturas. Estos deben cumplir una serie de exigencias técnicas que garanticen su consonancia con la nueva Ley Antifraude. Estos son los principios de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos que recogen estos sistemas.

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Veri*factu

Y bien, ¿qué es Veri*factu? Veri*factu es la modalidad prevista para cumplir con la Ley Antifraude. Tal y como se recoge en el RD, denominado por la propia Agencia Tributaria de manera coloquial como 'Reglamento Veri*factu' ''en alusión a la modalidad que se prevé para cumplir con la norma mediante el envío de los registros de facturación a la sede electrónica de la AEAT''.

El sistema Veri*factu afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y los contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas. Canarias, Ceuta y Melilla están dentro del ámbito de aplicación de este proyecto y su implantación será análoga al resto del territorio español. En los territorios forales convivirá con los sistemas propios de las haciendas forales (TicketBai) y en función de dónde se tribute se utilizará uno u otro.

Tampoco están obligadas las empresas que están dentro del SII, se da por hecho que se cumple con la obligación. No obstante, el software debe cumplir todas las especificaciones del real decreto y estar preparado para el envío, de la misma manera que si no utilizase el SII.

Hay que tener en cuenta que el envío de las facturas inmediato a la AEAT es voluntario Sin embargo, si el contribuyente decide no enviar las facturas, el software que se utilice debe ser capaz de hacerlo. Si no se envían voluntariamente, deberán enviarlas cuando la AEAT se lo solicite.


Para cumplir con Veri*factu, tienes dos posibilidades:

      1. Optar por un sistema que emita facturas verificables o software Veri*factu. Es decir, un programa que esté en comunicación constante y envíe automáticamente los registros de facturación a la AEAT.
      2. Elegir un software de facturación y gestión empresarial que cumpla con los derechos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de alta de facturación.

Requerimientos técnicos:

      1. Crear un archivo HTML por cada transacción
      2. Facturas encadenadas para su secuencia
      3. La factura deberá incluir un código QR y la palabra Veri*factu

No obstante todavía la Orden Ministerial con los detalles técnicos se publicará en las próximas semanas por lo que no hay todavía un entorno de pruebas para el proyecto.

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Ley Crea y Crece :
Facturación Electrónica

Facturación Electrónica

Homologado por Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital Veri*factu forma parte de la Ley Antifraude para atajar la evasión fiscal. En cambio, la facturación electrónica está impulsada por la Ley Crea y Crece para reducir la morosidad en las empresas. Los software de facturación deberán cumplir con ambas, la emisión de facturas electrónicas y que dichas facturas tengan unos requisitos técnicos específicos que confirmen su autenticidad y validez.

Las diferencias entre los proyectos de Veri*factu y facturación electrónica son :



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